Uno de los tres documentos sobre cuestiones de migración elaborados por la Sección Migrantes y Refugiados de la Santa Sede, dentro de la labor de la Comisión Vaticana Covid-19, está dedicado a las medidas alternativas a la detención de los migrantes.

David Dionisi – Ciudad del Vaticano

“Toda persona que desee solicitar protección internacional o que muestre signos de problemas de salud física o mental o que haya sido víctima de la trata de seres humanos no debe ser detenida nunca en relación al propio status migratorio”. Uno de los tres “informes de políticas sobre cuestiones migratorias” en tiempos del Covid-19 elaborado por la Sección Migrantes y Refugiados de la Santa Sede, en el marco de la labor de la Comisión Vaticana Covid-19, está dedicado a las medidas alternativas a la detención de los migrantes. Los otros dos se refieren a la regularización y al acceso al territorio de las personas que buscan protección internacional.  

La pandemia ha multiplicado los desafíos, las debilidades y los abusos en los centros de detención

“La detención de los migrantes, cuando se utiliza, debe emplearse como medida administrativa. De hecho, la mayoría de los organismos internacionales consideran que la penalización del ingreso irregular es desproporcionada y recomiendan que se considere como una infracción administrativa”, afirma el documento. En tiempos de pandemia, “es preocupante que la propagación del virus haya aumentado drásticamente y multiplicado los desafíos, las debilidades y los abusos que caracterizan a la mayoría de los centros de detención en todo el mundo: violencia crónica, hacinamiento, acceso limitado a los servicios básicos, incluida la atención de la salud, y una falta de respeto generalizada y deshumanizadora”.

Adopción de medidas no privativas de la libertad

La Sección Migrantes y Refugiados del Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral recomienda la adopción sistemática de medidas alternativas no privativas de la libertad a la detención de los migrantes que “no deben confundirse con las formas alternativas de detención”. “Por ejemplo – se lee – , la libertad bajo fianza, la comparecencia periódica autoridades y el monitor electrónico de tobillo a veces comprometen la eficacia de los programas no privativos de libertad y, cuando sea posible, debe evitarse”.

Programas temporales y orientados a soluciones

Según el Padre Fabio Baggio, Subsecretario de la Sección Migrantes y Refugiados del Dicasterio paraa el Servicio del Desarrollo Humano Integral “existen, de hecho, alternativas muy eficaces, ya experimentadas en varios países, dirigidas a la acogida en comunidades, familias o con tutores particulares. El objetivo es acompañar a estas personas y prepararlas para la regularización o, en otros casos, la repatriación. Siempre deben iniciarse programas especiales de colocación para los menores y sus familias, para los solicitantes de protección internacional y para los que presenten signos de problemas de salud física o mental o hayan sido víctimas de la trata de personas”.